Las vibraciones provocadas por el trabajo en movimiento o por el uso de algunas herramientas causan daños en la salud de los trabajadores que han de corregirse mediante la prevención

El aumento de la industrialización y de la mecanización de procesos de trabajo ha dado lugar a una mayor exposición a riesgos producidos por agentes físicos, entre los que se encuentran las vibraciones.

Esta situación ha llevado a realizar esfuerzos normativos para el control y la prevención relacionada con los daños producidos por este agente. En USO, recogemos el concepto de vibración, la clasificación por la forma de transmisión, los aparatos para medirlas, los trastornos que generan y las medidas que se pueden implantar para prevenir estos.

Ergonomía y vibraciones

En relación con la ergonomía, las vibraciones no han sido suficientemente estudiadas. En parte, por la dificultad que supone establecer límites a la hora de evaluar el riesgo.

Si bien en la actualidad todavía no está solucionado este problema, sí se están comenzado a establecer unos primeros criterios normalizados, en las Normas UNE ISO 2631, “Evaluación de la exposición humana a las vibraciones de cuerpo entero”, y UNE-EN ISO 5349, “Medición y evaluación de la exposición humana a las vibraciones transmitidas por la mano”.

Se entiende por vibraciones cualquier movimiento oscilante que efectúa una partícula alrededor de un punto fijo. Este movimiento puede ser regular o aleatorio en dirección, frecuencia o intensidad. Son más habituales aquellas vibraciones aleatorias.

Dentro de las posibles clasificaciones de las vibraciones, interesa, sobre todo, la basada en el modo de transmisión de las mismas al cuerpo humano. En este sentido, se clasifican en dos:

  • Vibraciones de cuerpo completo: son aquellas vibraciones que se producen cuando gran parte del peso del cuerpo humano descansa sobre una superficie vibrante. Se transmiten generalmente a través de los asientos o de los pies.
  • Vibraciones mano-brazo: se transmiten por las manos del trabajador a través, generalmente, del agarre de herramientas mecánicas. Suelen afectar al sistema mano- brazo.

Medición de las vibraciones

La vibración a la que está sometida una persona podrá ser unidireccional y en una sola frecuencia o, lo que suele ser más habitual, en varias direcciones y frecuencias. Será, por tanto, imprescindible conocer la dirección de las vibraciones. Por este motivo, cuando se miden vibraciones, se toman como referencia los tres ejes: X, Y y Z.

El instrumento para medir las vibraciones es el vibrómetro. Al igual que ocurre con el ruido, son necesarios una serie de filtros de ponderación capaces de medir aceleraciones complejas y transformarlas en un valor, teniendo en cuenta las más perjudiciales para el organismo humano.

El acelerómetro es lo que en ruido equivaldría a un micrófono. Se debe colocar en la zona de contacto del organismo con el elemento que transmita las vibraciones. Por ejemplo, en un vehículo se colocaría en el asiento, en el respaldo y en los pies; en actividades que se realicen de pie, en el suelo, debajo de los pies; en el caso de manejo de herramientas, en la interfaz mano/herramienta.

Para poder comparar con los valores de referencia se debe tener en cuenta el tiempo de exposición ponderado a 8 h. Aun sin llegar a los valores límite que se establecen en el RD 1311/2005, las vibraciones pueden producir molestias, afectar al sentido del tacto, interferir en el agarre y aumentar el riesgo de trastornos musculoesquelécticos.

Efectos de las vibraciones en mano-brazo

Tanto las vibraciones mano-brazo como las del cuerpo entero son agentes físicos ampliamente extendidos en el ámbito laboral. Pueden ser origen de daños directos y son causantes de efectos psicofisiológicos, subjetivos y de comportamiento:

En vibraciones mano-brazo, los trastornos podrán ser:

  • Vasculares: el más conocido es el llamado fenómeno de Raynaud (o dedo blanco inducido por vibraciones). Consiste en una oclusión temporal de la circulación sanguínea a los dedos, provocando una sensación de palidez o dedo blanco.
  • Neurológicos: la sensación de hormigueo y entumecimiento en los dedos y en la mano, si se prolonga en el tiempo, acaba repercutiendo en la capacidad de trabajo y en las actividades de la vida normal. Las vibraciones mano-brazo son un factor que puede incrementar el riesgo de aparición del síndrome del túnel carpiano.
  • Osteoarticulares: en las personas que utilizan herramientas de percusión, se observa un incremento de lesiones en huesos y articulaciones. En concreto, se ha descrito una mayor prevalencia de artrosis de muñeca y codo en aquellos trabajadores expuestos a vibraciones de baja frecuencia.
  • Musculares: pueden producir debilidad muscular y dolores en mano y brazos, así como una disminución de la fuerza de agarre. También pueden aparecer trastornos como tendinitis y tenosinovitis en las extremidades superiores.
  • Otros trastornos: se han relacionado con pérdida auditiva, aunque no se sabe bien si se debe a la asociación de ruido que suelen conllevar las vibraciones o directamente a las propias vibraciones.

Efectos de las vibraciones en el cuerpo entero

En las vibraciones de cuerpo entero, hay que distinguir entre los efectos agudos y los efectos a largo plazo. Respecto a los efectos agudos, pueden generar trastornos de tipo:

  • Respiratorio: pueden provocar hiperventilación, causada por la influencia mecánica de las vibraciones sobre el diafragma y el pecho.
  • Musculoesquelético: en algunos estudios, se ha observado que las vibraciones activan algunos músculos. Esta activación produce movimientos musculares pasivos e involuntarios.
  • Sensoriale y del sistema nervioso central: las vibraciones de gran amplitud provocan lo que se conoce como “mal del movimiento” o “mareo inducido por el movimiento”.
  • Otros efectos: pueden aparecer problemas, como aumento de la frecuencia cardiaca, de la presión arterial y del consumo de oxígeno.

Efectos a largo plazo de las vibraciones

En cuanto a los efectos a largo plazo de las vibraciones, se dan sobre:

  • El sistema musculoequelético: cuando las vibraciones se prolongan en el tiempo, los cambios en la columna vertebral pueden resultar patológicos. Pueden producir una alta incidencia de cambios degenerativos y desviaciones de la curvatura, fundamentalmente en la parte lumbar. Es un factor que incrementa la posibilidad de trastornos en la región torácica, incluso artrosis en las articulaciones.
  • El sistema nervioso: las principales alteraciones se producen en exposiciones por encima de los 20 Hz. Estas suelen ser inespecíficas, como cefaleas, irritabilidad, etc.
  • El sistema coclear-vestibular: puede provocar una mayor incidencia de las perturbaciones vestibulares, como es el caso del vértigo. Es posible que potencie la pérdida de audición inducida por el ruido.
  • El sistema circulatorio: hay una diversidad de trastornos circulatorios relacionados con las vibraciones. Se dividen en cuatro grupos principales: trastornos periféricos; venas varicosas en extremidades inferiores, hemorroides y varicocele; alteraciones isquémicas e hipertensión; y cambios neurovasculares.
  • El sistema digestivo: la exposición a vibraciones puede provocar una mayor incidencia de alteraciones del aparato digestivo, como úlceras gástricas y de duodeno, gastritis, apendicitis, colitis… Este tipo de alteraciones pueden aparecer en exposiciones a baja intensidad.
  • Los órganos reproductores femeninos, la gestación y el aparato genitourinario masculino: En mujeres, hay un mayor riesgo de alteraciones: menstruales, amenazas de aborto y otras complicaciones en el embarazo; en hombres, se ha detectado una mayor incidencia de prostatitis.

Evaluación de riesgos

Para evaluar los riesgos que provocan las vibraciones, se toman como criterios los establecidos en las Normas UNE ISO 2631 y 5349. Las medidas preventivas que se han de estipular después de la evaluación, se pueden clasificar conforme al ámbito de actuación de la medida:

  • Actuación técnica sobre el foco y sobre el medio: consiste en minimizar la intensidad de las vibraciones antes de que se transmitan al individuo. Un ejemplo de este tipo de actuación es el mantenimiento preventivo de las instalaciones y de los equipos. El uso de mecanismos de suspensión en vehículos de transporte es otra medida técnica. Las herramientas deben estar diseñadas ergonómicamente. A la hora de seleccionar una herramienta, se deberá tener en cuenta su diseño: estabilidad, facilidad en el agarre, adecuación a la tarea y la postura que el trabajador necesite adoptar.
  • Sobre el receptor: el uso de EPI, como guantes o calzado, incluso los que no están expresamente diseñados para la absorción de vibraciones, pueden llegar a disminuir la transmisión de intensidad de las vibraciones.
  • Actuación organizativa: se basa en organizar el trabajo de tal manera que se disminuya el tiempo de exposición, con rotación de puestos de trabajo, establecimiento de pausas y adecuación de las tareas a las diferentes características individuales.

En este último caso, sí se puede dar cierto grado de autonomía para organizar el tiempo dedicado a la ejecución de las tareas. Teniendo en cuenta los tiempos empleados, la propia persona trabajadora puede realizar un seguimiento de los puntos de exposición que va sumando.

Un ejemplo: en caso de disponer de autonomía en la organización de las tareas, podría rotar o posponer para el día siguiente una tarea con exposición a vibraciones y sustituirla por otra que no transmita vibración. Podría controlar así los puntos totales de exposición diaria establecidos en la evaluación del puesto.

Vigilancia del plan de PRL

En USO consideramos que integrar en la prevención los riesgos de la exposición a las vibraciones es indispensable en modelos productivos donde se realicen trabajos de este tipo. El trabajo debe estar siempre organizado en función del tiempo de exposición de la plantilla y esta debe estar implicada en el seguimiento de estos planes.

Además, la labor de los delegados de Prevención es vigilar:

  • que se hayan evaluado de forma correcta los procesos productivos en los que se produzcan vibraciones
  • que se hayan estipulado los EPI correspondientes y las medidas preventivas adecuadas; se haya dado la información y formación adecuada.
  • y, por último, si los reconocimientos médicos están establecidos como obligatorios en caso de posibilidad de afectar una enfermedad profesional a la persona.